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Submitted by elquispacheco on

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La demanda de inconstitucionalidad fue interpuesta por un ciudadano, que consideraba que los artículos señalados eran contrarios al derecho a la huelga, al prohibir que la misma sea realizada en el sector transporte. Para el ciudadano, la facultad del legislador de definir los servicios públicos esenciales no conlleva a que éste pueda prohibir o restringir la huelga.
 
En su intervención el GAP solicitó la declaración de constitucionalidad de los artículos demandados. Señalando que el derecho a la huelga no es fundamental, puesto que para su ejercicio necesita de reglamentación legal, y además no se trata de un derecho absoluto pues puede ser restringido por el interés general, por los derechos de los demás o cuando de su desarrollo se derive una alteración en el orden público. En cuanto al servicio público, en el caso del transporte este es esencial pues a través de el se protegen bienes y otros intereses ligados a derechos fundamentales, como el trabajo, la salud o la educación.
 
La Corte en esta sentencia se declaró inhibida y consideró los argumentos presentados por el demandante contra el artículo 56 no cumplían con las exigencias mínimas de argumentación fijadas por la jurisprudencia constitucional, en particular las de especificidad y suficiencia. En cuanto al derecho de huelga, la Corte coincide con nuestra interpretación al señalar que los modos de transportes automotor terrestre, aéreo, marítimo, fluvial y ferroviario, que se presentan bajo el concepto de servicio público, tiene diferentes regímenes jurídicos y el fundamento para ser esenciales o no se depende del interés general y los demás derechos fundamentales que puedan estar en juego.

Intervenciones
Sentencia C-391-19